miércoles, 7 de julio de 2010

JUECES DE PAZ DE LAS PROVINCIAS DE BARRANCA Y HUAURA, SE CAPACITARON EN MATERIA CIVIL, CONCILIACIÓN Y PROCESOS DE ALIMENTOS


Magistrados de la Corte Superior de Justicia de Huaura, fueron los ponentes, durante la jornada de capacitación que recibieron cerca de 35 Jueces de Paz de las provincias de Barranca y Huaura, en el auditorio “Ernesto Giusti Acuña”, esta tarde (2:30 p.m.).
La presidencia de la Corte de Huaura, la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz y el Comité de Defensa de los Derechos Humanos de la Diócesis de Huacho, fueron los organizadores de tan importante taller de capacitación, que tuvo la presencia del economista Jorge Guerra, Secretario Ejecutivo del CODEH-Huacho, quién fue el que se encargó de dar la bienvenida a los Jueces de Paz y de inaugurar el evento.
“LA CONCILIACIÓN – ELABORACIÓN DE ACTAS”, fue el tema que expuso el Dr. Sebastián Granados Reyes, Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado. Dijo que los beneficios de la Conciliación son: Las partes obtienen un resultado razonable y justo, todos trabajan para una solución, los problemas se resuelven rápidamente, se ahorra tiempo y dinero, se establecen acuerdos porque satisfacen los verdaderos intereses de las personas, el trámite es personal y directo.
“PROCESOS DE ALIMENTOS-CASOS PRÁCTICOS”, disertó el Dr. Marcos Salazar Culantres, Juez del Juzgado de Familia. Durante su exposición hizo conocer a los Jueces de Paz, casos de jurisprudencia sobre alimentos. “La obligación de pasar alimentos no solo corresponde al padre sino también a la madre, especialmente si ésta tiene recursos”, “Por el hecho del matrimonio ambos cónyuges se obligan a alimentar y educar a sus hijos. Cuando son dos los obligados, el pago de la pensión de alimentos se divide entre ambos, en cantidad proporcional a sus respectivas posibilidades”. “Es obligación de los padres prestar alimentos a sus hijos. Por ausencia de estos, prestarán alimentos, en este orden, los hermanos mayores de edad; loas abuelos; los parientes colaterales hasta el tercer grado, y otros responsables del niño o adolescente”, entre otros.
“COMPETENCIA EN MATERIA CIVIL DE LOS JUECES DE PAZ”, fue ponente el Dr. Juan Carlos Paredes Cusquisiban, Juez del Segundo Juzgado Civil de la Corte de Huaura. Se refirió sobre los casos que el Juez de Paz no puede Tramitar: Asuntos relativos al vínculo matrimonial (divorcios, separaciones). Nulidad (invalidez) de actos jurídicos o contratos. Declaratoria de herederos (sucesión intestada), derechos sucesorios, testamentos. Derechos constitucionales (amparo, etc.)Prescripción adquisitiva, reivindicación.
La clausura estuvo a cargo del señor presidente (e) de la Corte de Huaura, Dr. Carlos Enrique Lanegra Sánchez, quien exhortó a los asistentes sobre el desempeño de sus funciones respecto a la capacitación recibida. También les hizo conocer que a partir del 01 de setiembre de este año la Conciliación previa y obligatoria será a nivel de los Centros de Conciliación autorizados por el Ministerio de Justicia. Agradeció al Secretario Ejecutivo del Comité de Defensa de los Derechos Humanos, Economista Jorge Guerra Chávez y a todos Jueces de Paz. Finalmente se entregó los respectivos certificados a los asistentes.
Gracias por su difu

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